Cuánto pagan por una expropiación forzosa por razón de urbanismo

Expropiación forzosa por razón de urbanismo

La expropiación forzosa por razón de urbanismo se suele llevar a cabo para poder ejecutar los Planes de Ordenación Urbana de un municipio. Un procedimiento que radica en que la declaración de utilidad pública de un terreno y su necesidad de ocupación atienden a diversos instrumentos urbanísticos.

La expropiación forzosa por razón de urbanismo es uno de los ámbitos de actuación de la expropiación forzosa. La administración pública territorial, en ejercicio de sus competencias, puede requerir la adquisición de bienes o derechos por causa de utilidad pública o interés social. Ante esto, el expropiado tiene derecho a recibir una indemnización.

¿Cuánto pagan por una expropiación forzosa por razón de urbanismo?

El artículo 43 del Real Decreto Legislativo 7/2015 de 30 de octubre es el que contiene algunas de las precisiones sobre cuánto se paga por una expropiación forzosa por razón de urbanismo. La cuantía de la indemnización que debe pagar el beneficiario de una expropiación al expropiado recibe el nombre de justiprecio.

En este caso, el justiprecio de los bienes y derechos expropiados se fija de acuerdo a los criterios de valoración de la Ley de Expropiación Forzosa. Este acuerdo se llevará a cabo ya sea por expediente individualizado o por el procedimiento de tasación conjunta. Incluso si hay acuerdo con el expropiado, el justiprecio se puede satisfacer en especie.

La tasación para el justiprecio se efectúa con arreglo al valor que tengan los bienes o derechos expropiables. No entrarían aquí las plusvalías que sean consecuencia directa del plan de urbanismo que se vaya a llevar a cabo.

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Según la propia Ley de Expropiación Forzosa, es el mutuo acuerdo entre el expropiado y el expropiante el primer medio al que deben acudir para concertar un justiprecio. Para este acuerdo amistoso tendrán un plazo de 15 días. De no llegarse a dicho acuerdo, tendrá que intervenir el Jurado Provincial de Expropiación.

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En López Abogados somos especialistas en expropiación forzosa por razón de urbanismo. Una materia muy compleja y que, por tanto, requiere de un asesoramiento especializado como el que te podemos ofrecer. Ningún particular puede hacer frente a un procedimiento de este tipo sin ayuda profesional.

Desde López Abogados te ayudaremos a conseguir la indemnización por expropiación forzosa que te corresponde. Hay que tener en cuenta que las Administraciones suelen contar para estos casos con los mejores especialistas para defender sus intereses.

Dentro de nuestro servicios, se incluye cualquier tipo de impugnación que se pueda llevar a cabo. Además, ofrecemos asesoramiento para acudir a la formalización de las actas previas a la expropiación y te ayudaremos en todo el procedimiento para que sepas cuáles son los cauces a seguir en todo momento.

La expropiación forzosa por razón de urbanismo es un procedimiento que suele ocurrir con bastante frecuencia. En él, el expropiado tiene derecho a recibir a cambio una indemnización equivalente al valor económico de la cosa expropiada. En López Abogados te ayudamos para que, a través de nuestros servicios personalizados, consigas la mejor indemnización posible según tu caso.

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