El contrato, es un acuerdo de voluntades, verbal o escrito, por el que dos o más partes se obligan en virtud del mismo. En nuestro despacho trabajan varios de los mejores abogados civilistas y especialistas en contratos. Cuando usted firma un contrato se está obligando en los términos del mismo, por lo que es imprescindible, primero conocer lo que se está firmando y sopesar como está redactado.

Un falta de asesoramiento en la firma de un contrato puede ocasionarle no pocos litigios posteriores. Entendemos que el asesoramiento previo a la firma de un contrato debería ser obligatoria. Creemos que vale la pena estar asesorado con carácter previo a la firma de un contrato para evitar riesgos innecesarios y posibilitar que no existan problemas sobrevenidos, siempre incómodos y costosos para todas las partes contratantes.También somos especialistas en asesoramiento contractual, es decir, indicar que forma jurídica se ha de dar a la voluntad de las partes: arredramientos, compraventas, hipotecas, constitución de servidumbres, contratos mercantiles de agencia, franquicia, seguros, suministro, etc.

contratos

Parte de nuestro trabajo es la negociación entre las partes contratantes cuando existe algún problema o imprevisto. La negociación es importante, ya que sólo aconsejamos acudir al Juzgado sea inviable llegar a un acuerdo.

También somos especialistas en la protección de la propiedad privada, siendo las acciones más habituales:

– Reivindicatoria.

– Deslinde y amojonamiento.

– Acción declarativa de dominio.

– Interdictos.

Blog de Derecho Civil

ACCIDENTES DE TRAFICO CON COLISION RECIPROCA DE VEHICULOS

La doctrina consolidada del Tribunal Supremo en materia de accidentes de circulación, conforme al principio de responsabilidad objetiva que rige esta materia y en lo relativo a la reparación de los daños personales ocasionados, establece que cuando se produce una colisión derivada de un riesgo en la conducción y cuando la misma no se causa […]

OBRAS DE ACCESIBILIDAD PARA MINUSVALIDOS.

La función social es un elemento delimitador del derecho de propiedad, como así viene recogido expresamente en el artículo 33 de la Constitución española. Dentro del término “función social” tenemos que integrar una serie de elementos colectivos, sociales y dinamizadores, entre los que se encuentra la accesibilidad universal, es decir, la adaptabilidad del medio a las condiciones de […]

AUTOBUSES, ACCIDENTES Y SEGUROS.

Todo vehículo a motor que circula por la red de carretas del Estado, así como por cualquier lugar de uso común o apto para la conducción, deberá responder con carácter cuasi-objetivo del riesgo generado por su actuación. En este sentido, el artículo 1.1 de la Ley 8/2004 sobre Responsabilidad Civil y Seguro es tremendamente claro […]