SENTENCIA ANULA LIQUIDACIÓN IMPUESTO SUCESIONES DE 199.000 €.
Una reciente sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, ha estimado en su integridad el recurso contencioso-administrativo interpuesto por nuestro despacho frente a liquidación del impuesto de sucesiones por importe de 199.000 €, con imposición de las costas causadas.
En el caso analizado por la sentencia se acoge la nulidad de la liquidación por cuanto el expediente había caducado por el transcurso del plazo de 6 meses que la administración disponía para finalizar el expediente. Como además el expediente fue iniciado con fecha muy próxima a la prescripción (4 años) la sentencia declara la prescripción del derecho a la administración a volver a formular otra liquidación, por cuanto, los expedientes caducados no interrumpen el plazo que la administración tiene para poder volver a comprobar el impuesto.
La defensa de la administración se basaba en que por la fecha en el que se había producido el hecho imponible del impuesto, anterior a la actual Ley General Tributaria, los expedientes no caducaban nunca, tesis desestimada por la Sala, acogiendo el motivo de nulidad y declarando no sólo la caducidad del expediente, sino la prescripción de la facultad de comprobar, lo que entraña que la administración deberá devolver al ciudadano afectado por el fallo 199.000 €, con los intereses de aplicación y con las costas procesales.
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Paulo López Porto.
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