SENTENCIA DE LOS JUZGADOS DE SANTIAGO DECLARA NULA DOS CONTRATOS DE SUSCRIPCIÓN DE PREFERENTES Y OBLIGACIONES SUBORDINADAS DE NOVAGALICIABANCO.

El Juzgado de Primera Instancia número 4 de Santiago de Compostela acaba de fallar a favor de un caso tramitado por este despacho de abogados, anulando tres contratos de compra de participaciones preferentes y obligaciones subordinadas firmados entre uno de nuestros clientes y la entidad Caixa Galicia S.A. (hoy subsumida en Abanca) por un total de 31.200 euros.

 Para dictar esta resolución, el juez recoge la argumentación de esta parte, referida a que no ha quedado acreditado que el cliente suscriptor tuviese los conocimientos necesarios para “aprehender la naturaleza y características de productos financieros de perfil complejo” como los que adquirió. Asimismo, la parte demandada no ha probado que le informase de forma documental, y ni siquiera verbal, de la naturaleza y riesgos asociados a las participaciones preferentes y obligaciones subordinadas: en las órdenes de compra se describieron como “producto no complejo” y no se explicaron sino de forma “vaga y genérica”, sin incluirse las implicaciones que podrían tener sus características y el riesgo de pérdida que entrañaban. La descripción de la calidad crediticia, por otra parte, aparecía recogida en términos “absolutamente inabordables, para quien no actúa profesionalmente en el ámbito financiero”.

 Estimando los argumentos citados, el tribunal ha declarado la nulidad de los contratos y sentenciado a la parte demandada a devolver al demandante las cantidades que este abonó en virtud de estos, incrementada en los intereses judiciales preceptivos. Recayendo, a mayores, las costas del proceso en la entidad bancaria.

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