SENTENCIA DEL TSJ DE GALICIA ANULA OTRA SENTENCIA QUE ORDENABA LA DEMOLICIÓN DE UN EDIFICIO EN RIBEIRA.
Una reciente sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, acaba de estimar el recuso de apelación interpuesto por nuestro despacho frente a una sentencia de un Juzgado contencioso-administrativo que decretaba la nulidad de una licencia de legalización otorgada a un edificio sito en Ribeira en primera línea de playa.
El caso se inició por la impugnación que realizó un vecino colindante de la licencia de legalización de la edificación de sótano, bajo, primera planta y bajo cubierta, ante el Juzgado al considerar que tal licencia infringía la normativa urbanística de aplicación. La tesis que mantenía el vecino era que el edificio incumplía el retranqueo a colindantes, que el edificio tenía una planta más, que el edificio sobrepasaba la altura máxima autorizable así como que el procedimiento había caducado.
Pese a la compleja prueba articulada en el juicio para acreditar que el edificio cumplía con la normativa y que por ello, no existía ni incumplimiento del retranqueo a colindantes, ni existía una planta más, ni se sobrepasaba la altura máxima autorizable, la sentencia de primera instancia dio la razón al vecino en contra de nuestro cliente, decretando que la licencia de legalización era nula, lo que provocaba que hubiese que demoler la misma.
Frente a la misma nuestro despacho, interpuso recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia, quien en recientes fechas nos ha dado la razón, dejando sin efecto la anterior sentencia y por tanto, decretando la licitud de la licencia de legalización otorgada.
Paulo López Porto.
981 570005
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