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SENTENCIA DECLARA LA ILEGALIDAD DE LA DENEGACIÓN DEL ACCESO A LA RED DE UNA INSTALACIÓN FOTOVOLTAICA Y CONDENA A LA ADMINISTRACIÓN A INSCRIBIRLA EN EL REGISTRO DE PRODUCTORES DENTRO DEL RD 661/2007.

Una reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, ha estimado íntegramente el recurso interpuesto por nuestro despacho con imposición de costas y condenado a la Administración e indirectamente a un importante grupo eléctrico, a permitir el acceso de la instalación a la red y a reconocer a una instalación de producción eléctrica fotovoltaica dentro del Real Decreto 661/2007, de 25 de mayo, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica en régimen especial.

El supuesto de hecho analizado por la sentencia se resume en que en 2007 un productor eléctrico decidió invertir en una instalación fotovoltaica para producir electricidad al amparo del régimen tarifario que recogía el RD 661/2007. Una vez terminada su instalación solicitó que un importante grupo eléctrico le diese autorización para conectarse a la red y poder verter así la electricidad que se estaba produciendo. El grupo eléctrico buscó una excusa sobre el inversor de la instalación aduciendo que no cumplía la normativa para no autorizar la conexión a la red en una práctica claramente monopolística. Ello provocó que la instalación no pudiese ni conectarse a la red, ni inscribirse en el Registro de productores eléctricos al amparo del RD 661/2007. Indicar que el régimen tarifario recogido en este Real Decreto era muy superior a los derechos tarifarios que se fueron implantando con posterioridad por el Estado.

La sentencia declara que no sólo la instalación cumplía con las especificaciones técnicas de aplicación, siendo contrario a derecho que se hubiese denegado por parte del importante grupo eléctrico el acceso a la red, sino que tal instalación debe ser inscrita en el Registro de productores de electricidad del RD 661/2007 reconociendo que los derechos tarifarios de la instalación son los indicados en dicho decreto y no los posteriores.

Una sentencia más, que ataca las duras prácticas monopolísticas de algunas grandes empresas eléctricas bajo el auspicio de la administración pública.

Si necesita un abogado especialista en contratación pública no dude en ponerse en contacto con nuestro despacho de abogados, le atenderemos sin compromiso.

Paulo López Porto.

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