¿Qué Administraciones intervienen en la expropiación?
Cuando hablamos de proceso de expropiación forzosa nos referimos al procedimiento legal por el cual una Administración Pública le retira a una persona un bien o un derecho a cambio de una compensación económica o justiprecio. Pero, ¿sabes cuáles son las Administraciones que pueden intervenir en un proceso de este tipo?
La expropiación se lleva a cabo cuando existen una serie de intereses colectivos que prevalecen sobre los privados. Un proceso que se divide en 4 fases fundamentales:
- Declaración de utilidad pública e interés social.
- Declaración de necesidad de ocupación.
- Determinación del justiprecio.
- Pago y toma de posesión del bien expropiado.
Conoce las Administraciones públicas que intervienen en el proceso de expropiación
Vamos a conocer, a continuación, cuáles son las Administraciones públicas que pueden intervenir en un proceso de este tipo. Sea cual sea la Administración que intervenga, el proceso de expropiación forzosa debe estar siempre justificado y cumplir con los requisitos legales establecidos.
En este sentido, para que todo se lleve a cabo correctamente, en López Abogados ponemos a tu disposición nuestro equipo de abogados especializados en expropiaciones.
Dirección General del Catastro
La Dirección General del Catastro es la entidad que se encarga de valorar el suelo y la titularidad de una finca. Dos tareas que son fundamentales para determinar el justiprecio que se debe pagar en todo proceso de expropiación.
Asimismo, esta entidad estudia la relación entre la expropiación y la superficie de la finca afectada. Así pues, garantiza que se respetan los derechos de los propietarios y se pague un precio justo por la expropiación.
Comunidades Autónomas
Si bien la competencia legal sobre expropiaciones forzosas recae en el Estado, las Comunidades Autónomas tienen un papel muy importante en lo que respecta a la gestión de los expedientes.
Por ejemplo, en aquellos casos en los que el objeto de la expropiación pertenezca en una comunidad a varias personas, el expediente será único.
Diputaciones Provinciales y Ayuntamientos
Las Diputaciones Provinciales son las encargadas de garantizar el desempeño de las funciones públicas en los Ayuntamientos y les prestan apoyo técnico, económico y jurídico en el proceso de expropiación.
Los Ayuntamientos, por su parte, llevan a cabo la expropiación forzosa garantizando el derecho a la propiedad privada y el pago de una indemnización justa a los propietarios afectados.
Correos
Correos es la empresa estatal responsable de notificar a los propietarios afectados por el proceso de expropiación. Además, es quien se encarga de la entrega de documentos y de toda la información relacionada con este caso.
Por otro lado, a través de Correos los propietarios afectados pueden hacer llegar sus alegaciones y presentar los recursos que consideren necesarios. En López Abogados te ayudamos a redactar y presentar las alegaciones y recursos para tu proceso.
Jurado Provincial de Expropiaciones
Por último, el Jurado Provincial de Expropiaciones es un órgano colegiado que se encarga de valorar los bienes que van a ser objeto de expropiación y de fijar el justiprecio. El Jurado está compuesto por una serie de expertos en distintas áreas (arquitectos, ingenieros, economistas, abogados, etc.) quienes garantizan que la expropiación se lleva a cabo de manera justa y equitativa.
A su vez, el Jurado Provincial de Expropiaciones también tiene competencias en la resolución de conflictos entre la Administración pública y los propietarios afectados.
Estas son, en definitiva, las Administraciones públicas que intervienen en todo proceso de expropiación forzosa.
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