El Consello de la Xunta de Galicia acaba de remitir esta semana al Parlamento de Galicia el texto de la nueva Ley del Suelo de Galicia, ley que pretende ser la sucesora de la actual y parcheada LOUGA 9/2002. En este texto, se plantean las siguientes novedades:
1.- Se plantea como prioridad que todos los concellos de Galicia tengan planeamiento.
2.- Se mantiene el suelo urbano con sus dos categorías.
3.- Se mantienen la clase de suelo de núcleo rural, si bien con sólo dos categorías: el tradicional y el común. Se elimina toda la actual regulación que se contenía en el actual texto de la LOUGA, dejando en manos de los concellos esta regulación, a la vista del concreto estudio que se realice en el planeamiento sobre cada concello.
Accede a la Ley 2/2016 concordada con el reglamento y con jurisprudencia
4.- Se eliminan el suelo urbanizable no delimitado.
5.- Se aumentan las competencias municipales para permitir obras en suelo rústico a través de licencia municipal.
6.- Se establecerán unas limitaciones genéricas a los usos autorizables en suelo rústico dejándose en manos de la normativa sectorial la pormenorización de las limitaciones.
7.- Se apuesta por dar un impulso a la rehabilitación de todo tipo de edificaciones tradicionales, permitiéndose usos residenciales, turísticos, artesanales y dotacionales.
8.- Se prevé que los concellos de menos de 5000 habitantes puedan tener un planeamiento básico elaborado por la Xunta de Galicia. En este planeamiento base se delimitará el suelo urbano y de núcleo rural, así como el resto de suelos que deban clasificarse como suelo rústico de especial protección, quedando el resto del terreno municipal englobado dentro del suelo rústico común.
9.- Se limita el planeamiento de desarrollo a planes especiales, parciales y estudios de detalle, eliminando todos los demás.
10.- Creará una plataforma en internet en la que se podrá seguir la tramitación de todo el planeamiento de Galicia, permitiendo un acceso público a toda la documentación en tiempo real, favoreciendo la transparencia, accesibilidad y publicidad del planeamiento urbanístico.
En breves días continuaremos con el segundo capítulo de este post.
Paulo López Porto.
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