El Juzgado de Pontevedra da la razón a nuestro cliente y fija un plazo de 4 meses para la entrega de fincas conforme a una permuta incumplida

El pasado 11 de febrero de 2025, el Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Pontevedra dictó un auto estimando la solicitud formulada por nuestro despacho en defensa de los intereses de un cliente, al que representamos en un procedimiento de jurisdicción voluntaria para exigir el cumplimiento de una obligación de entrega de fincas pactada en una escritura de permuta firmada en abril de 2021.

Antecedentes del caso

Nuestro cliente firmó con una conocida bodega de vino Albariño un contrato de permuta en virtud del cual, nuestro cliente entregaba 4 parcelas rústicas para destinarlas a viñedo Albariño, y a cambio la bodega entregada 3 fincas y se comprometía a adquirir una cuarta para entregar a nuestro cliente. Sin embargo, a pesar del tiempo transcurrido desde la firma de la escritura, la empresa no cumplió con su obligación de entrega, alegando que aún no habían adquirido formalmente dichas fincas debido a la falta de formalización de herencias por parte de los propietarios anteriores.

A la vista de la inacción, desde nuestro despacho instamos un procedimiento ante el juzgado para que, conforme al artículo 1128 del Código Civil y los artículos 96 y 97 de la Ley de Jurisdicción Voluntaria, se fijase judicialmente un plazo para el cumplimiento de la obligación.

Fundamentos jurídicos y resolución

El juzgado, tras escuchar a ambas partes y constatar la ausencia de oposición a la obligación en sí, concluyó que resultaba procedente establecer un plazo judicial para el cumplimiento. La resolución subraya que, aunque no se fijó un plazo en el contrato, de las circunstancias se deduce que las partes pretendían ejecutar la permuta lo antes posible, y que ya habían transcurrido más de tres años sin que se cumpliese.

El auto establece que la empresa dispone de un plazo de cuatro meses para proceder a la entrega de las fincas, ampliado un mes adicional en atención a la existencia de varios herederos implicados en la operación.

Importancia del caso

Este auto refuerza el derecho de los particulares a exigir judicialmente el cumplimiento de obligaciones cuando las mismas no han sido atendidas en plazo, aunque no exista una fecha concreta en el contrato. Además, confirma la utilidad de los procedimientos de jurisdicción voluntaria como vía eficaz para desbloquear situaciones contractuales estancadas.

Gracias a esta resolución, la bodega acaba de cumplir con la permuta que estaba pactada, entregando otras fincas a satisfacción de nuestro cliente.

Si te encuentras en una situación similar, en la que has firmado un contrato y la otra parte no cumple, no dudes en contactar con nosotros. Nuestro despacho cuenta con amplia experiencia en la defensa de los derechos contractuales de particulares y empresas, ofreciendo soluciones legales eficaces y adaptadas a cada caso.

No dudes en contactar con nosotros.

López Abogados

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