El Derecho de sucesiones es aquella parte del Derecho privado que regula la sucesión mortis causa, el destino de las titularidades y relaciones jurídicas tanto activas como pasivas de una persona después de su muerte.

En la regulación de las sucesiones, se contemplan importantes aspectos, tales como:

– El destino que se le van a dar a los bienes del difunto o causante. Se determina el ámbito de actuación de la autonomía de la voluntad, las normas imperativas que sean necesarias y las normas dispositivas que suplirán la voluntad del causante, en caso de no existir testamento.

– Requisitos de validez del testamento, con la finalidad de asegurar que lo que aparezca en él sea realmente la voluntad del testador.- Los trámites necesarios para el reparto del caudal relicto (bienes hereditarios).

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Disponemos del mejor asesoramiento para que pueda superar este siempre complicado trance de la manera más ágil y rápida:

– Declaraciones de herederos.- Asesoramiento para la confección de testamentos.

– Planificación fiscal de la sucesión.

– Particiones de herencias.

– Asesoramiento para la administración de herencias yacentes.

 

Blog de Derecho Civil

REGIMEN DE LOS ALQUILERES CELEBRADOS A PARTIR DEL 9 DE MAYO DE 1.985

ARRENDAMIENTOS II Disposicion transitoria 1ª   La Disposición Transitoria 1ª de la actual Ley de Arrendamientos Urbanos, estable el régimen jurídico vigente para los contratos de alquiler celebrados desde el 9 de mayo de 1.985 y que siguen vigentes a día de hoy. Esta disposición distingue 2 tipos de relaciones contractuales:   1).- La primera […]

EXTINCION DE LA PENSION ALIMENTICIA DE LOS HIJOS

La Pensión de Alimentos se define en el artículo 142 del Código Civil al disponer que: “Se entiende por alimentos todo lo que es indispensable para el sustento, habitación, vestido y asistencia médica.” Con carácter general, la pensión se concede, a los hijos menores de edad y también a los mayores que convivan en el […]

ULTIMA REFORMA DE LA LEY DE ARRENDAMIENTOS URBANOS

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